NORMA CONSTANZA ESGUERRA NO ESTÁ DESAPARECIDA-Parte 2

En la necropsia se establece que el cadáver tiene el “útero no preñado, carbonizado”. Aquí queda claramente establecido que el cuerpo corresponde a una mujer, y no a Pedro Elías Serrano Abadía, como se asegura

NORMA CONSTANZA ESGUERRA FORERO NO ESTÁ DESAPARECIDA, SINO ENTERRADA EN EL SEPULCRO DE PEDRO ELÍAS SERRANO ABADÍA

PARTE 2

Viene de la Parte 1

Lalo Nossa

Por Lalo Nossa- analista colombiano

EDUARDO MATSON ANTE EL JUEZ DE INSTRUCCIÓN CRIMINAL

La otra pieza procesal corresponde a la declaración del mismo testigo presencial del secuestro de los empleados de la cafetería por parte del M-19, Eduardo Matson Ospino, rendida en Cartagena ante el Juez 77 de Instrucción Criminal, la cual está recogida en el informe del Tribunal Especial de Instrucción Criminal, del 31 de Mayo de 1986, extrañamente desconocido por la Fiscal Buitrago, investigadora del caso. Esta declaración aparece en la página 50 del Diario Oficial del martes 17 de junio de 1986, donde se transcribe el mencionado informe dirigido a la Honorable Corte Suprema de Justicia, firmado por los Honorables Magistrados Pedro Elías Serrano Abadía y Carlos Upegui Zapata.

[ad#right]La declaración de Matson ante el Juez 77 de instrucción criminal la describe así el Diario Oficial:

“La corroboración testimonial de este hecho trascendente la suministra Eduardo Matzon Ospino, el estudiante de Derecho a quien se ha hecho referencia en el curso de este informe y quien se encontraba en la cafetería en los momentos iniciales del asalto.

“De su declaración rendida en Cartagena ante el juez 77 de Instrucción criminal (folio 306) se toman los siguiente apartes:

“ (….) Llegando yo a la cafetería, Yolanda entró … quedándome yo fuera de la cafetería y preguntando a un mesero, por la oficina del doctor Urrego, cuando él me explicó diciéndome que quedaba en el mismo primer piso pero en el fondo, empezó un ruido de bala, de balacera, quedando todos perplejos y pensando que había sido en las afueras del palacio, pero en esos momentos una mujer vestida de sastre azul sacó un arma intimidando a los presentes a que entraran detrás de la barra del mostrador del restaurante; Yolanda que no alcanzó a encontrar el baño salió asustada gritándole yo que corriéramos y jalándola yo del brazo corrimos hacia el segundo piso sintiendo yo que la mujer del sastre azul nos hacía disparos por la espalda afortunadamente no hiriendo a ninguno de los dos, tomamos las escaleras que están a la izquierda de la cafetería hacia el segundo piso donde nos tiramos al suelo en el pasadizo del segundo piso…” (Diario Oficial, martes 17 de junio de 1986. Página 50)

Entre las personas rescatadas del Palacio, no estuvo Norma Constanza Esguerra

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LO QUE DIJO EL TRIBUNAL ESPECIAL DE INSTRUCCIÓN CRIMINAL

La Segunda prueba de que NORMA CONSTANZA ESGUERRA no está desaparecida, la contempla el Tribunal Especial de Instrucción Criminal, en su informe del 31 de mayo de 1986, a la Honorable Corte Suprema de Justicia que en una actitud evidentemente antijurídica la Fiscal Ángela María Buitrago quien adelantó el proceso 9755-4 sobre los desaparecidos del Palacio de Justicia, desconoció desde la misma etapa de instrucción de proceso. Dicha providencia fue publicada en el Diario Oficial número 37509 del 17 de junio de 1986 y dice así:

Decimoséptima. Carlos Augusto Rodríguez, Cristina Guarín Cortes, David Suspes Celis, Luz Mary Portela León, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán y Gloria Stella Lizarazo, integraban el personal que atendía el servicio de la cafetería en el Palacio de Justicia.

La señorita Norma Constanza Esguerra, proveedora de pasteles del establecimiento, entró a la cafetería momentos antes de iniciarse la toma del edificio.

La doctora Gloria Anzola de Lanao y la señorita Lucy Amparo Oviedo, habían ingresado en el curso de la mañana y ellas, como los demás mencionados, se consideraron desaparecidas porque sus cadáveres no fueron identificados, caso de haber muerto, ni han aparecido con vida luego de la recuperación del Palacio.

El Tribunal considera que existe prueba suficiente en el sumario para concluir en que tales personas fallecieron en el 4º piso, a donde fueron conducidos como rehenes en los primeros momentos de los sucesos…”(Negrillas fuera de texto)

Y más adelante:

Tal prueba se puede resumir así:

d) Del numero y comprobación de los cadáveres aparecidos en el cuarto piso, examinadas las nóminas de la Corte Suprema y del Consejo de Estado, comprobado el numero de evadidos, existe un grupo de cadáveres que necesariamente corresponden a desaparecidos y es sensiblemente igual al de la lista que se presenta al principio de este capítulo (se refiere al comienzo de la cláusula décimo séptima) (Negrillas fuera de texto)

EL ACTA DE LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER

Otra prueba la constituye el acta de levantamiento del cadáver # 1171, de fecha 08 de noviembre de 1985 (anexo 62 del proceso 9755-4), en la cual aparecen relacionadas unas prendas que pertenecían a la difunta NORMA CONSTANZA ESGUERRA, como una pulsera y las piezas de un collar que ella usaba el día de su deceso.

Acta de levantamiento de cadáver donde se relacionan prendas que portaba Norma Constanza el día de su muerte

LA NECROPSIA LO DICE TODO

Se trata de la necropsia  3805-85 ordenada por el Juez 78 de Instrucción Criminal, y realizada a las 14:00 horas del 08 de noviembre de 1985 (Anexo 62, folios 241 y siguientes, proceso 9755-4). En ella se establece que el cadáver tiene el “útero no preñado, carbonizado”. Aquí queda claramente establecido que el cadáver corresponde a una mujer, que no era otra que NORMA CONSTANZA ESGUERRA, proveedora de pasteles de la cafetería del Palacio de Justicia.

Necropsia del cuerpo que luego fue "asignado" a Pedro Elías Serrano, sin que nadie se preguntara cómo un supuesto cadáver de hombre tenía "ÚTERO".

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