PLAZAS VEGA: “NO ESTOY DE ACUERDO CON NEGOCIAR CON TERRORISTAS”

Soy inocente y no hay nada que negociar y segundo porque no estoy de acuerdo con negociar con terroristas. Dime con quién andas y te diré quién eres

No estoy de acuerdo con negociar con terroristas

Coronel Alfonso Plazas Vega (Foto Periodismo Sin Fronteras)
Coronel Alfonso Plazas Vega (Foto Periodismo Sin Fronteras)

El coronel Alfonso Plazas Vega se negó rotundamente a ser parte de la negociación que propone el fiscal Eduardo Montealegre para incluir a miembros de las Fuerzas Armadas en la Justicia Transicional que se les aplica a miembros de grupos narcoterroristas.

Mediante una carta que firma su abogado, el señor Jaime Granados Peña, el coronel solicita que no lo incluyan en eso por dos razones: “primero porque soy inocente y no hay nada que negociar y segundo porque no estoy de acuerdo con negociar con terroristas. Dime con quién andas y te diré quién eres

La siguiente es la carta enviada por el penalista:

Doctor

Eduardo Montealegre Lynett

FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN

E. S. D.

REF.: SU OPINIÓN DEBATE MARCO JURÍDICO PARA LA PAZ

Respetado Fiscal General:

Con absoluto comedimiento y consideración por la dignidad que usted ostenta y por sus calidades personales y profesionales, en mi calidad de Defensor del Coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega en el proceso penal que se adelanta por los hechos del Palacio de Justicia, me permito efectuar algunas consideraciones puntuales en relación con sus manifestaciones realizadas en el debate convocado por la Fiscalía y la Revista Semana para el 29 de julio pasado, cuyo tema fue el Marco Jurídico para la Paz.

Lo anterior en los siguientes términos:

1.- Si bien no tuve oportunidad de asistir al evento en que tuvo lugar la manifestación, según publicación del diario El Espectador replicada por otros medios de comunicación, la misma se resume de la siguiente manera:

“En el caso de los militares condenados y procesados por los hechos del Palacio de Justicia (noviembre de 1985), Montealegre aseguró que también podrían verse beneficiados con la aplicación de la justicia transicional. En los temas del Palacio de Justicia que tienen una íntima relación con el conflicto podrían ingresar en la órbita de una justicia transicional”.

2.- En relación con su afirmación que recibo más como una opinión -por cierto muy respetable al provenir de tan importante autoridad académica en lo que tiene que ver con el Derecho Penal, Procesal y Constitucional- debo ser enfático en excluir de manera expresa cualquier interés de mi representado por encajar en cualquiera de los supuestos de hecho que contienen las normas jurídicas que conforman el denominado Marco Jurídico para la Paz o de cualquier mecanismo de justicia transicional, que parta del supuesto de tenerlo como autor o partícipe de cualquier conducta delictiva que haya podido tener lugar en los hechos ocurridos el 6 y 7 de noviembre de 1985 en el Palacio de Justicia.

3.- Desafortunadamente, en un ejercicio irresponsable, ilegal, inhumano e indolente del poder punitivo del Estado, Fiscales y Jueces han decidido privar de la libertad a mi representado a través de una medida de aseguramiento impuesta contra toda evidencia, que se ha sostenido por fuerza de inercia y cuyo principal objetivo es afligirlo e intentar disminuirlo en su capacidad de defensa, la cual aún hoy y a pesar de toda adversidad, resulta haberse fortalecido.

No obstante tal situación, en contra de mi representado no existe sentencia condenatoria ejecutoriada toda vez que respecto a la decisión de segunda instancia, el suscrito defensor interpuso y sustentó en tiempo recurso extraordinario de casación el cual fue admitido mediante auto de 23 de agosto de 2012 por la Honorable Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Así las cosas, mi representado ES INOCENTE y como tal está llamado a comportarse.

4.- Actualmente, cuando el honor es una virtud cada vez más escasa, resulta difícil comprender que un ciudadano rechace beneficios legales o políticos que le ASEGUREN un mejor tratamiento por parte del Estado y decida por el contrario atenerse al ALEA de una sentencia judicial, que en tanto proferida por seres humanos, está cuando menos, sujeta a la posibilidad de error.

Por lo anterior, la decisión de mi representado de RECHAZAR cualquier mecanismo procesal o sustancial que implique la aceptación tácita o expresa de responsabilidad penal, por mínima que ésta sea, solo puede comprenderse desde el HONOR MILITAR Y FAMILIAR, LA FE EN DIOS Y LA TRANQUILIDAD DE CONCIENCIA.

5.- El denominado Marco Jurídico para la Paz, solo establece un escenario propicio para el logro de unos objetivos que no me detendré a calificar de correctos o incorrectos.

No obstante, para un importante sector de las Fuerzas Militares, dicho escenario y dichos objetivos pueden conllevar una garantía de impunidad y justamente de dicha impunidad es que NO quiere ser beneficiario mi representado. A él le bastará la decisión ajustada a Derecho, aquilatada probatoriamente, carente de animadversiones e intereses subyacentes que ha esperado durante tantos años, para recobrar su libertad sin tener que renunciar a su bien ganado HONOR.

En estos términos mi aclaración.

Atentamente,

JAIME ENRIQUE GRANADOS PEÑA.

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